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Derechos por servicios: el juez debe pedir los manuales de la autoridad

Pruebas y diligencias para mejor proveer en el amparo indirecto. La persona juzgadora debe recabar de oficio la normativa administrativa interna que fija la operatividad de la autoridad cuando se reclama la proporcionalidad tributaria de un derecho por la prestación de un servicio público.

El criterio

Una empresa impugnó el artículo 39, fracción VII, de la Ley de Ingresos del Estado de Puebla para 2022, que cobra derechos por la cédula de identificación vehicular del servicio ejecutivo de transporte. El juez concedió el amparo por desproporción. En revisión, el Tribunal Colegiado repuso el procedimiento porque no se recabaron las normas internas que muestran cómo opera el servicio.

Nuestra lectura

El criterio tiene dos caras. A favor del contribuyente, relaja una carga probatoria difícil: demostrar cuánto le cuesta al Estado prestar un servicio. En contra, la empresa que ya tenía un amparo ganado volvió a primera instancia. Nuestra lectura es que no conviene depender del juez. En amparos contra derechos estatales o municipales, lo prudente es ofrecer desde la demanda las pruebas sobre el costo del servicio y pedir expresamente que se requieran los manuales a la autoridad. Así se evita una reposición tardía y se gana tiempo.

Qué hacer

  • En amparos contra derechos, solicitar desde la demanda que se requieran manuales y protocolos internos a la autoridad.
  • Reunir evidencia propia del trámite real que presta la autoridad para contrastarla con la cuota.

Ficha

Instancia
Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo
Tesis Aislada
Identificación
VI.3o.A.69 A (12a.)
Registro digital
2032854
Publicación
30 de octubre de 2026
Materia
Fiscal
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Texto elaborado por Artegia con fines informativos; no constituye asesoría legal. El texto oficial del criterio es el publicado en el Semanario Judicial de la Federación o en la revista del TFJA.