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CFDI, contabilidad y papeles de trabajo no bastan para probar que hubo operación

Presunción de inexistencia de operaciones. Los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), registros contables y papeles de trabajo no constituyen por sí mismos prueba plena para acreditar su materialidad.

El criterio

La empresa defendió la materialidad de sus operaciones con CFDI, registros contables y papeles de trabajo. El Colegiado confirmó que, frente a la presunción del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, su sola existencia no acredita la realización material: documentan lo declarado, pero no la capacidad operativa ni la infraestructura, maquinaria o procesos productivos.

Nuestra lectura

Es el criterio más directo de la serie y el que más empresas deberían leer. El razonamiento es circular si se invierte: si la presunción parte de que pueden emitirse facturas sin operación real, la factura no puede probar la operación. Lo mismo ocurre con la contabilidad que sólo reproduce los CFDI. La materialidad se prueba con lo que rodea a la operación: entregas, bitácoras, correos, fotografías, evidencia de personal y equipo. En nuestra experiencia, quien conserva esa evidencia desde el inicio defiende mucho mejor que quien la reconstruye después.

Qué hacer

  • Conservar evidencia operativa contemporánea de cada operación: entregas, bitácoras, correos y fotografías.
  • Exigir a proveedores evidencia de su infraestructura, personal y procesos al contratarlos.
  • No construir la defensa de materialidad sólo con CFDI, pólizas contables y papeles de trabajo.

Ficha

Instancia
T.C.C.
Tipo
Tesis Aislada
Identificación
(II Región)1o.6 A (12a.)
Registro digital
2032637
Publicación
18 de septiembre de 2026
Materia
Fiscal
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Texto elaborado por Artegia con fines informativos; no constituye asesoría legal. El texto oficial del criterio es el publicado en el Semanario Judicial de la Federación o en la revista del TFJA.