Notificación irregular de sentencia laboral: primero incidente, luego amparo
Incidente de nulidad contra la notificación de la sentencia laboral. Debe agotarse previo al amparo indirecto en observancia al principio de definitividad (Interpretación de los artículos 762, fracción I, y 763 bis de la Ley Federal del Trabajo).
El criterio
Colegiados discrepaban sobre si procede el incidente de nulidad contra la notificación de una sentencia laboral definitiva. El Pleno Regional resolvió en jurisprudencia que debe agotarse antes del amparo indirecto conforme al artículo 762, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo; el límite temporal del artículo 763 Bis, hasta antes de sentencia, sólo aplica a actuaciones durante el juicio.
Nuestra lectura
Para empresas que descubren tarde una condena laboral, este criterio define el primer paso: el incidente de nulidad ante el propio tribunal, no el amparo. Saltarse el incidente puede llevar al sobreseimiento por falta de definitividad, y el Pleno advierte que la procedencia ya no es dudosa, así que no hay excusa. El criterio obliga en la Región Centro-Sur; en otras regiones conviene verificar si existe una postura distinta. Nuestra recomendación: aunque el límite del artículo 763 Bis no rige después del fallo, promover el incidente en cuanto se conozca la notificación irregular.
Qué hacer
- Ante una notificación irregular de sentencia laboral, promover primero el incidente de nulidad del artículo 762.
- Documentar la fecha en que la empresa tuvo conocimiento real de la sentencia.
- Verificar si el tribunal laboral está en la Región Centro-Sur o si rige otro criterio regional.
Ficha
- Instancia
- Plenos Regionales
- Tipo
- Jurisprudencia
- Identificación
- PR.P.T.CS. J/14 L (12a.)
- Registro digital
- 2032228
- Publicación
- 5 de junio de 2026
- Materia
- Laboral y seguridad social
- Consultar fuente oficial ↗
¿Este criterio impacta en su empresa? Conversemos.
Agendar una conversaciónOtros criterios de la misma materia
- Las multas por faltar a la conciliación laboral se litigan en tribunales del trabajo
- Prestaciones de un trabajador fallecido: el plazo corre desde la muerte
- Ofrecer el trabajo tarde ya no protege al patrón en un juicio por despido
- Testigos laborales: lo que sugiere la pregunta del abogado no cuenta como prueba
Texto elaborado por Artegia con fines informativos; no constituye asesoría legal. El texto oficial del criterio es el publicado en el Semanario Judicial de la Federación o en la revista del TFJA.