IVA con actividades mixtas: sin pericial contable es difícil evitar el prorrateo
Impuesto al valor agregado. Para efecto de su acreditamiento, por regla general, la prueba pericial contable es el elemento de convicción idóneo para determinar en qué proporción debe aplicarse el factor de prorrateo cuando no es posible identificar el destino de los gastos derivados de la realización de actividades mixtas.
El criterio
Una persona moral con actividades gravadas y exentas impugnó un crédito fiscal porque el SAT aplicó el factor de prorrateo del artículo 5o., fracción V, inciso c), de la LIVA a todo su IVA acreditable. Alegó que su contabilidad sí identificaba el destino de los gastos. El Tribunal Colegiado sostuvo que, por regla general, la prueba idónea para demostrarlo es la pericial contable.
Nuestra lectura
El criterio desplaza la discusión del argumento a la prueba. Afirmar que los registros contables permiten identificar el destino de cada gasto no basta; el tribunal quiere un perito que lo demuestre con un estándar técnico. Afecta a empresas con ingresos mixtos: inmobiliarias, instituciones educativas, servicios financieros, grupos con operaciones exentas. En nuestra experiencia, la defensa se gana antes de la auditoría, con una contabilidad que separe gastos por actividad desde el origen. Y si el asunto llega a juicio de nulidad, la pericial debe ofrecerse desde la demanda, no como recurso tardío.
Qué hacer
- Configurar la contabilidad para identificar el destino de cada gasto entre actividades gravadas y exentas.
- Ofrecer pericial contable desde la demanda de nulidad cuando se discuta el prorrateo.
- Seleccionar al perito con anticipación y preparar el soporte documental que analizará.
Ficha
- Instancia
- T.C.C.
- Tipo
- Tesis Aislada
- Identificación
- III.7o.A.4 A (12a.)
- Registro digital
- 2032697
- Publicación
- 2 de octubre de 2026
- Materia
- Defensa fiscal y contencioso
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Texto elaborado por Artegia con fines informativos; no constituye asesoría legal. El texto oficial del criterio es el publicado en el Semanario Judicial de la Federación o en la revista del TFJA.